VeriFactu para nutricionistas: guía completa

Actualizado el 18/08/2026Revisado por Equipo Átomo

Si eres dietista-nutricionista y facturas por tu cuenta, probablemente hayas oído hablar de VeriFactu sin tener muy claro si te afecta. Es normal: la normativa que lo regula se ha ido desplegando en varias fases y las fechas han cambiado. Esta guía resume qué es, quién está obligado, cuándo y qué implica para la facturación de una consulta de nutrición, citando siempre las fuentes oficiales.

Qué es VeriFactu

VeriFactu es el sistema de facturación verificable que España está implantando para luchar contra el fraude fiscal. En la práctica, obliga a que todo software con el que se emiten facturas genere, para cada factura, un conjunto de datos que garantice su integridad, inalterabilidad, trazabilidad, conservación, accesibilidad y legibilidad (Real Decreto 1007/2023).

Hay dos formas de cumplir (AEAT):

  • Sistema VERI*FACTU: envía los registros de facturación a la AEAT en tiempo real, vía telemática, y queda exento de algunas obligaciones de conservación.
  • Sistema NO VERI*FACTU: no envía nada a la AEAT, pero debe garantizar la integridad y conservación de los registros durante el periodo de prescripción, con medidas de seguridad equivalentes (huella, firma, registro de eventos, exportación).

Es importante entender que VeriFactu no es una obligación nueva de facturar más ni distinto: es una obligación sobre el sistema con el que facturas. El reglamento que la desarrolla es el Real Decreto 1007/2023 (RRSIF), completado por la Orden HAC/1177/2024, que fija las especificaciones técnicas de los registros, la huella o hash, la firma y el código QR (Orden HAC/1177/2024).

Desde cuándo es obligatorio

Las fechas definitivas de obligatoriedad, tras la última modificación normativa, son las siguientes:

QuiénFecha de obligatoriedad
Sociedades (impuesto de sociedades)1 de enero de 2027
Autónomos y resto de contribuyentes1 de julio de 2027

Hasta esas fechas hay un periodo voluntario: puedes empezar a usar sistemas de facturación que ya cumplan los requisitos, pero no estás obligado. Esto no significa que debas esperar: tu software de facturación actual tendrá que cumplir cuando llegue tu fecha, y migrar en ese momento es más costoso que elegir ya una herramienta preparada (AEAT — SIF y VERI*FACTU).

Qué cambia en la facturación de una consulta de nutrición

Para un nutricionista autónomo, el impacto práctico se nota en tres puntos:

  1. Numeración secuencial continua: todas las facturas deben numerarse en una única serie, sin huecos ni saltos. Si hoy numeras a mano o con un Excel, este es el punto que más te afecta.
  2. Inmutabilidad: una factura emitida no se puede editar ni borrar. Cualquier corrección se hace con una factura rectificativa o nota de crédito, dejando siempre constancia del registro original.
  3. Registro y conservación: el software debe guardar un registro de cada factura (y de los eventos relevantes, como anulaciones) durante el periodo de prescripción, y poder exportarlo.

Estos son, precisamente, los requisitos que la facturación de Átomo ya incorpora: facturas numeradas secuencialmente en una serie continua, registros inmutables que solo se corrigen mediante notas de crédito y el perfil fiscal del profesional (nombre, NIF, actividad) integrado en cada factura, descargable en PDF. La facturación de Átomo está preparada para VeriFactu: estructurada alrededor de esos requisitos desde el inicio, aunque el envío en tiempo real de registros a la AEAT no está integrado todavía y, por tanto, no debe describirse como certificada.

Qué facturas entran en el sistema

El RRSIF aplica a los sistemas que emiten facturas completas y simplificadas (tickets con NIF). Las facturas que emite un nutricionista a sus pacientes particulares son facturas ordinarias o simplificadas y, por tanto, entran en el marco si se emiten con un sistema informático. No quedan fuera por el hecho de que el cliente sea un particular. El QR y, en su caso, la mención "VeriFactu" o "factura verificable" se añadirán a la representación de la factura cuando el sistema esté operando en modo VERI*FACTU (Orden HAC/1177/2024).

Cómo prepararte sin prisa

El plazo parece lejano, pero la recomendación práctica es actuar en dos frentes:

  • Revisa tu herramienta de facturación: si facturas a mano o con una hoja de cálculo, empieza a usar un sistema con numeración secuencial e inmutabilidad ya. Así, cuando llegue tu fecha, el cambio es una actualización, no una migración.
  • Conserva tus registros: asegúrate de que puedes recuperar y exportar tus facturas pasadas. Los registros deben conservarse durante el periodo de prescripción.

VeriFactu es un cambio de sistema, no de tu día a día clínico. Elegir bien la herramienta ahora te deja la parte administrativa resuelta cuando llegue el momento. Prueba una facturación preparada para VeriFactu y comprueba cómo encaja en tu consulta.

Aviso

La información de esta guía es orientativa y se basa en la normativa vigente a la fecha de publicación. VeriFactu es un marco en desarrollo: verifica siempre las fechas y requisitos en las fuentes oficiales (AEAT, BOE) o con tu asesor fiscal. La facturación de Átomo está preparada para VeriFactu (numeración continua, registros inmutables, perfil fiscal) pero no está certificada ni integrada con la AEAT: el envío en tiempo real de registros no está disponible todavía.

Fuentes

Última verificación: 18/08/2026.

Preguntas frecuentes

Sí, en el sentido de que obliga al software de facturación que uses, no directamente a ti como profesional. Si emites facturas con un programa informático, ese programa deberá cumplir los requisitos del Real Decreto 1007/2023. Como autónoma, la obligatoriedad llega el 1 de julio de 2027; si facturas a través de una sociedad, el 1 de enero de 2027.

No. La factura sigue teniendo los mismos datos obligatorios del reglamento de facturación. VeriFactu añade requisitos sobre el sistema que la emite: numeración secuencial continua, registros inmutables y trazables, y en su caso QR y remisión de registros a la AEAT. Tu factura solo será distinta en el formato en que se genera y conserva.

No hasta que sea obligatorio para tu caso. Hasta el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (autónomos) hay un periodo voluntario. Mientras tanto, lo prudente es usar un software cuya facturación ya esté preparada para esos requisitos, para no tener que migrar de sistema cuando llegue la obligación.

Son dos obligaciones distintas. La factura electrónica B2B regula cómo se entrega la factura entre empresas (Ley Crea y Crece). VeriFactu regula cómo el software genera, registra y conserva las facturas y, en su caso, cómo las remite a la AEAT. Una consulta de nutrición a un particular no genera factura electrónica B2B obligatoria, pero sí puede verse afectada por VeriFactu según el sistema que uses.

Si emites facturas con un sistema informático, ese sistema debe cumplir los requisitos del RRSIF. Una hoja de cálculo sin control de numeración, sin inmutabilidad y sin registro de eventos no cumple esos requisitos. Para autónomos, la fecha clave es el 1 de julio de 2027; conviene planificar el cambio de herramienta con antelación.

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