¿Es VeriFactu obligatorio para nutricionistas?
La respuesta corta: sí, VeriFactu es obligatorio para los nutricionistas que facturan con un software informático, pero con matices importantes sobre qué exactamente es obligatorio y desde cuándo. Este artículo despeja la duda pensando en tu caso concreto: dietista-nutricionista autónomo o sociedad, con pacientes particulares.
Qué dice exactamente la obligación
VeriFactu no te obliga a ti directamente: obliga a los sistemas informáticos de facturación (SIF). El Real Decreto 1007/2023 aprobó el reglamento que establece los requisitos que deben cumplir esos sistemas (RD 1007/2023). En términos prácticos, esto significa que cualquier programa con el que emitas tus facturas de consulta deberá garantizar:
- integridad e inalterabilidad de los registros de facturación;
- trazabilidad (qué se hizo y cuándo);
- conservación, accesibilidad y legibilidad durante el periodo de prescripción;
- numeración secuencial continua, sin interpolaciones ni omisiones.
La AEAT lo resume en su página oficial de Sistemas Informáticos de Facturación (AEAT): son dos modalidades posibles, VERIFACTU (con envío de registros a la AEAT en tiempo real) y NO VERIFACTU (sin envío, pero con obligaciones de conservación y medidas de seguridad). Ambas cumplen el reglamento; la diferencia está en si el sistema remite o no los registros.
Desde cuándo es obligatorio
Las fechas definitivas, tras los ajustes normativos, son estas:
| Quién | Obligatorio desde |
|---|---|
| Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y profesionales | 1 de julio de 2027 |
Si facturas como autónoma (la forma habitual en una consulta de nutrición), tu software debe estar al día el 1 de julio de 2027. Si tu actividad la ejerces a través de una sociedad, la fecha es antes: 1 de enero de 2027. Hasta entonces, el sistema es voluntario: no estás obligado, pero puedes (y conviene) usar herramientas ya preparadas (AEAT — SIF y VERI*FACTU).
¿Me afecta si solo tengo pacientes particulares?
Sí. Esta es una de las dudas más frecuentes y la respuesta es clara: el reglamento aplica a los sistemas que emiten facturas completas y simplificadas, sea cual sea el tipo de destinatario. Una factura por una consulta de nutrición emitida a un paciente particular entra en el marco si se genera con un sistema informático. No hay una excepción "solo B2B" ni "solo empresas": la obligación sigue al software de facturación, no al tipo de cliente.
Qué significa esto en tu día a día
Traducido a tu consulta, hay tres consecuencias prácticas:
- Tu numeración debe ser secuencial y continua. Si hoy llevas la numeración a mano o en una hoja de cálculo, ese es el primer punto que incumpliría el marco. Necesitas un sistema que genere una única serie, sin saltos ni huecos.
- Las facturas emitidas no se pueden editar. Cualquier corrección se hace con una factura rectificativa o nota de crédito, dejando constancia del original. Si borras o editas facturas, tu sistema no cumple.
- Debes poder conservar y exportar los registros. El software tiene que guardar los registros durante el periodo de prescripción y permitir su exportación a un formato estándar.
La facturación de Átomo está estructurada exactamente alrededor de esos tres puntos: numeración continua en una serie única, facturas inmutables que solo se corrigen mediante notas de crédito, y el perfil fiscal del profesional integrado en cada factura con PDF descargable. Está, por tanto, preparada para VeriFactu. Conviene ser preciso: no está certificada como sistema VERI*FACTU ni integrada con la AEAT, porque el envío en tiempo real de registros aún no está disponible en la herramienta.
Qué hacer si hoy facturas con Excel o a mano
Si hoy emites facturas en un procesador de texto o una hoja de cálculo, la conclusión es que ese sistema no cumple los requisitos del RRSIF cuando llegue tu fecha. No tienes que resolverlo hoy, pero sí deberías planificarlo:
- Antes del 1 de julio de 2027 (autónomas) o el 1 de enero de 2027 (sociedades), migra a un sistema con numeración secuencial, inmutabilidad y conservación de registros.
- Cuanto antes migres, antes tendrás un histórico ordenado y exportable, que además te sirve para la contabilidad de cada año.
- Consulta con tu asesor fiscal tu caso concreto: hay matices según el régimen de facturación y el tipo de actividad.
VeriFactu es una obligación sobre el software, no una revolución en tu forma de trabajar. Elegir ya una herramienta preparada convierte lo que podría ser una migración forzosa en un simple ajuste cuando llegue la fecha. Revisa cómo debería ser tu facturación y decide con tiempo.
Aviso
Información orientativa basada en la normativa vigente a la fecha de publicación. Las fechas de VeriFactu han sufrido modificaciones; verifica siempre en las fuentes oficiales (AEAT, BOE) o con tu asesor fiscal. La facturación de Átomo está preparada para VeriFactu (numeración continua, registros inmutables, perfil fiscal), no certificada ni integrada con la AEAT.
Fuentes
- AEAT — Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (RRSIF)
Última verificación: 18/08/2026.
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